Consumo de drogas ilegales. La Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, sanciona, principalmente con multas, el consumo en lugares públicos y la tenencia ilícita de drogas ilegales (aun cuando sea para el propio consumo), así como el abandono en dichos lugares de los instrumentos utilizados para el consumo de drogas. La misma ley, no obstante, prevé que no se ejecuten tales sanciones si el infractor se somete a un tratamiento de deshabituación.
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